Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto
Ley Núm. 156 del año 2006, La “Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto” aspira a que la culminación del proceso de gestación en sus tres fases, se dé en un ambiente adecuado y conforme a las necesidades físicas y emocionales de la madre, para que esto redunde en beneficios para la llegada de la criatura. También considera como imprescindible que la madre esté informada de las medidas que habrán de tomarse a lo largo de su gestación, así como también en la jornada de parto y post-parto, y de acciones o determinaciones que puedan afectar el desarrollo pleno de la criatura o que vaya en detrimento de la salud física o emocional de la madre. De igual forma, la Ley requiere que se le provean alternativas que protejan a ambos en sus aspectos físicos, biológicos y sicológicos. Con esta medida pretendemos además, reforzar la política pública de la lactancia, reiterando la obligación de orientar a la madre y al padre sobre los beneficios del amamantamiento. También se garantiza el alojo conjunto de madre y recién nacido en la institución hospitalaria donde tuvo lugar el parto, y el respeto a la decisión de la mujer de proveer como único alimento para su bebé la leche materna.
hugo